Prof. Rogelio Íñiguez Chávez

Somos un despacho especializado en el Área de seguridad Social, en la Rama de Pensiones, llevamos más de 20 años en el asesoramiento legal para que usted consiga una excelente pensión ente el I.M.S.S. y no una pensión mínima, que es lo normal e inclusive en muchos casos le niegan la pensión mínima citada...

Lo que ofrecemos, es una estrategia fundamentada jurídicamente en las Leyes 1973 y 1997 (Afores). Es decir, una asesoría personalizada, probada y especializada, SOBRE QUE HACER. COMO HACERLO Y QUE NO HACER para que puedas conseguir una excelente pensión.

Rogelio profesor imss

¿Quienes somos?

Creemos que todos merecen una jubilación segura y cómoda, y estamos aquí para ayudarlo a lograrlo.

Un despacho especializado en el Área de Seguridad Social, en la Rama de Pensiones. Llevamos más de 20 años en la orientación y supervisión de los trámites en el I.M.S.S., Afores y del Infonavit con la Ley 1973...

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Los trabajadores tienen derecho a una pensión o a otra forma de asistencia social, en caso de invalidez, de vejez, de muerte o de otras causas que los imposibiliten de trabajar.

La Ley del Seguro Social de 1973 estableció un sistema de pensiones obligatorio para todos los trabajadores asalariados en México.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - artículo 123, X

Los trabajadores tienen derecho a una pensión o a otra forma de asistencia social, en caso de invalidez, de vejez, de muerte o de otras causas que los imposibiliten de trabajar.

La Ley del Seguro Social de 1973 estableció un sistema de pensiones obligatorio para todos los trabajadores asalariados en México.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos - artículo 123, X
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Nuestra misión

Nuestra misión es ayudar a los trabajadores a comprender sus derechos y responsabilidades y a tomar las mejores decisiones para su futuro.

La pensión es un derecho y una responsabilidad. La ley de 1973 ofrece a los trabajadores mexicanos una importante oportunidad para planificar su futuro jubilatorio.

Nuestra misión

Es unica exclusivamente para los trabajadores inscritos en el I.M.S.S. Antes del 1° de Julio-1997, es decir, son las personas que les corresponde pensionarse por la Ley de 1973.

Por lo general dejamos el tema de nuestra pension, ya sea por cesantía (60 años) o vejez (65 años) hasta el final, ya sea por falta de informaci6n o desconocimiento, creemos que todo estará listo y correcto para cuando vayamos al I.M.S.S. La realidad es otra y tarde o temprano, os tenemos que enfrentar con nuestro tramite y por cierto es una sola vez.

Son 3 Factores fundamentales. para obtener una pensión con la Ley 1973:

  1. Es el promedio salarial de nuestras últimas 250 semanas cotizadas (4 años y 10 meses) Articulo 167 Ley 1973.
  2. Por los años de cotizar al I.M.S.S. Articulo 169 Ley 1973 La cantidad de semanas que mejor califica la pensi6n es de 2000, o 2100 semanas un equivalente en años de 40.41 años de cotizar, es decir, 100°/o de pensi6n. Clara que el mínimo son 500 semanas para pensionarse, pero es el mínimo es decir una grandiosa pensi6n mínima.
  3. Por la edad de Retiro. Articulo 171, Ley 1973

    Edad
    (anos)
    First %
    60 Cesantía 75%
    61 Cesantía 80%
    62 Cesantía 85%
    63 Cesantía 90%
    64 Cesantía 95%
    65 Vejez 100%

Nota: Se aumentará un año a los cumplidos, cuando la edad los exceda en 6 meses (Último párrafo del artículo 171, Ley del 1973). Estos 3 factores son la clave para conseguir una pensi6n digna siempre y cuando se hagan los movimientos a tiempo y temprano, desgraciadamente es todo lo contrario.

Por ello se necesita el apoyo de un experto o experta en el área de seguridad social, en la rama de pensiones, porque hay que combinar estas 3 claves con otros parámetros hacer corridas financieras, saber el costo-beneficio, cuanto voy a invertir y conseguir, en qué momento iniciar la modalidad 40 y cuando terminarla, conocer los incrementos hasta el año 2030. Dependiendo de cada caso. le puedo afirmar y garantizar

"Que los beneficios directos se convierten en
una oportunidad de un buen negocio"

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Le puedo afirmar y garantizar que los beneficios directos se convierten en una oportunidad de un buen negocio

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Nuestros videos con el prof. ROGELIO IÑIGUEZ CHÁVEZ

Mira nuestros videos formativos en Youtube sobre la Ley de 1973!

En esta sección encontrarás videos introductorios sobre la Ley del Seguro Social de 1973 en México. Estos videos te ayudarán a comprender los conceptos básicos de la ley, como los requisitos para obtener una pensión, los tipos de pensiones que se ofrecen y los beneficios que se pueden recibir.

Los videos están dirigidos a personas de todos los niveles de conocimiento, por lo que no es necesario tener experiencia previa en el tema. Son una excelente manera de aprender sobre la Ley del Seguro Social de 1973 y cómo puede beneficiarte. ¡Esperamos que disfrutes de estos videos!.

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De acuerdo con la ley 1973, el Gobierno Federal es AVAL del I.M.S.S. y le garantiza su pensión para toda la vida y además a su esposa o concubina garantiza el 90% en caso de muerte, es decir, una pensión de viudez.

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Preguntas frecuentes

El prof. ROGELIO IÑIGUEZ CHÁVEZ contesta a vuestras dudas

En esta sección encontrará respuestas a preguntas frecuentes sobre la Ley del Seguro Social de 1973.

Va dirigido UNICA Y EXCLUSIVAMENTE a los trabajadores inscritos en el I.M.S.S. ANTES DEL 1° de Julio de 1997, es decir, son aquellas personas que les corresponde PENSIONARSE CON LA LEY 1973. Para identificar en que afio te afiliaste al I.M.S.S. por primera vez y saber a qué Ley perteneces, hacemos el siguiente, ejemplo. Verifica tú número del I.M.S.S. (Se integra por 11 dígitos)

Por lo general, la gran mayoría consigue una pensión mínima de 7,003.68 $ correspondiente al año 2023. Con esa cantidad se premia a los trabajadores por toda una vida de trabajo y se tendrá que ajustar, junto con su esposa, a dicha pensión hasta que mueran y lo peor para muchos de ellos, se les niega esa pensión mínima por no reunir los requisitos de su trámite.
Puede obtener más información haciendo clic en nuestra seccion Nuestra misión.

El 1 de Diciembre del 2023, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, la reforma esperada en este tema. Sucede que quién no cotizo por años perdía su vigencia en sus derechos y para recuperarlos la Ley le pedía mínimo 1 año cotizar con un patrón en el régimen obligatorio. Hasta ahora las personas en lugar de trabajar ése año con un patrón, hacían simulación laboral, le pagaban al amigo o compadre que tenía una empresa y así cumplían. Con esta reforma se aprueba legalmente la modalidad n°10, se inscribe uno y cotiza el año legalmente y continua, si así lo quiere, ahora en la modalidad n°40, para conseguir una excelente pensión.

Sí que se lo garantizo, pero esta Modalidad 40, con la Ley 1973, no es para todos, depende cada caso. Por ejemplo: sí que puede invertir los últimos 4 años y 10 meses de su número de semanas cotizadas que tenga reconocidas por el IMSS en la actualidad y de la edad al momento de pensionarse.

Ya se hicieron algunas modificaciones, para que siga la Modalidad 40. Últimamente en éste 2023 aumentaron los costos hasta el año 2030, aproximadamente un 10% cada año.

De acuerdo con la ley 1973, el Gobierno Federal es AVAL del I.M.S.S., y le garantiza su pensión para toda la vida y además a su esposa o concubina garantiza el 90% en caso de muerte, es decir, una pensión de viudez.